| |
| Tratamiento de Desarrollo |
|
El Decreto 327 del 11 de Octubre de 2004, permite agilizar el proceso de producción (construcción) de ciudad y dar viabilidad a la política de gestión del suelo prevista en el Plan de Ordenamiento Territorial.
El tratamiento de desarrollo orienta y regula la urbanización de los terrenos o conjunto de terrenos urbanizables no urbanizados, localizados en suelo urbano o de expansión, a través de la dotación de las infraestructuras, equipamientos y de la generación del espacio público que los hagan aptos para su construcción, en el marco de los sistemas de distribución equitativa de cargas y beneficios, definido así en el Artículo 361 del Decreto 190 Compilación del Plan de Ordenamiento Territorial POT .
El decreto viabiliza 2000 hectáreas de las 6.731 de suelo urbanizable, que no requieran de Plan Parcial, permitiendo el desarrollo económico, la reducción de tramites y un óptimo aprovechamiento del suelo urbanizable, aplicando el principio de reparto de cargas y beneficios entre los propietarios de la tierra y el Distrito Capital.
|
Ver Más (+)
Menos (-)
|
|
| |
|
|
|